Es que ya no hay parametro... es una cuestion de oferta y demanda...
No hay tantos jugadores ganadores como para abastecer la demanda de los perdedores... por eso creo que el dolar pokerstars no tiene techo..
original de Masterboss
Es que ya no hay parametro... es una cuestion de oferta y demanda...
No hay tantos jugadores ganadores como para abastecer la demanda de los perdedores... por eso creo que el dolar pokerstars no tiene techo..
+1
original de sebain2004
original de 6804alefito
Hasta hace unos dias el dolar pokerstars lo estaban comprando a ~$7 , teniendo en cuenta que se fue a 8,75 el blue a cuanto estan comprando ahora?x lo que se, estan comprando a un 10% menos que el blue -20 centavos (x ejemplo, dolar blue a 8.5 ----> precio de compra 8.3*0.9 = 7.5), aunque por cantidad, se puede mejorar el precio calculo
Cheee pero el que te pasa esos precios a vos tiene alto cocodrilo en el bolsillo, hoy por hoy a menos de 8 NI EN PEDO!
Malas noticias para los clientes infinity santander rio:
Nos redujeron a todos el limite de adelantos de efectivo de visa 30% a 20%. El que tiene infinity fijese en home banking y veran lo que les digo. En otro foro muchos usuarios manifiestan lo mismo.
No se los demas clientes del rio si les modificaron algo, pero a los infinity si.
Esto se esta poniendo feo. Si el santander rio redujo los limites, significa que ya esta recibiendo muchas presiones de la afip.
original de Miguel27
Malas noticias para los clientes infinity santander rio:![]()
Nos redujeron a todos el limite de adelantos de efectivo de visa 30% a 20%. El que tiene infinity fijese en home banking y veran lo que les digo. En otro foro muchos usuarios manifiestan lo mismo.
No se los demas clientes del rio si les modificaron algo, pero a los infinity si.
Esto se esta poniendo feo. Si el santander rio redujo los limites, significa que ya esta recibiendo muchas presiones de la afip.
yo tenia esa cuenta y la di de baja por no usarla que gil
esta carta la recibio un conocido mio la semana pasada, a tener cuidado con extracciones en el exterior:
"Nos dirigimos a Ud. en uso de las facultades conferidas por la Ley 19.359,
articulo 5° (T.O. si Dec. 480/95) del Régimen Penal Cambiarlo para comunicarle que, como
organismo encargado de la fiscalización de las personas fisicas o jurídicas que operen en cambios
y de la investigación de las infracciones previstas en ese texto legal, y considerando la
información brindada por la administradora de su ta¡jeta de crédito, en cuanto a la realización de
extracciones de efectivo mediante la utilización de cajeros automáticos ubicados en el exterior
del país, se le requiere la presentación de copia autenticada de la siguiente documentación:
1. Resúmenes de cuenta de su tarjeta de crédito VISA con la que se hayan efectuado las
extracciones de efectivo en el exterior, correspondiente a los períodos septiembre, octubre y
noviembre de 2012.
2. Copia de los comprobantes que acrediten la forma de cancelación de los consumos correspon
dientes a los períodos citados en el apartado anterior (débito en cuenta, efectivo, etc) y el tipo
de moneda en que se efectuaron los pagos.
J. Declaración jurada respecto de la ca,ntidad y destino de los fondos en moneda extranjera
extraídos con la referida trujeta de crédito de cajeros automáticos en el exterior, aportando
copia de los respectivos comprobantes respaldatorios.
4. Eventualmente, copia de los comprobantes demostrativos del reingreso en el mercado local de
cambios (boletos de compra de cambio), del excedente de los fondos extraídos, una vez
atendidos los gastos de turismo (lo expuesto, en tanto tal excedente no hubiese sido cancelado
en moneda extranjera al efectuarse los pagos mencionados en el punto 2).
Para el caso de no brindar respuesta a esta notificación dentro del plazo
establecido, se procederá a la suspensión para operar en cambios en los términos del art. 17 de la
Ley N< 19
.
359, sin perjuicio de las demás acciones que correspondan en función de lo dispuesto
por la Ley de Régimen Penal Cambiario.
La documentación solicitadas deberá ser remitidos a Banco Central de la
República Argentina (Gerencia de Control, Reconquista 266- Oficina 8
.
701), dentro de los diez
(1 O) dias hábiles de recibida la presente. Si se considerara necesario efectuar alguna consulta o
solicitar aclaraciones, podrán comunicarse con los inspectores xxxxxxxxx
Saludamos a Ud. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
original de tienzo
esta carta la recibio un conocido mio la semana pasada, a tener cuidado con extracciones en el exterior:"Nos dirigimos a Ud. en uso de las facultades conferidas por la Ley 19.359,
articulo 5° (T.O. si Dec. 480/95) del Régimen Penal Cambiarlo para comunicarle que, como
organismo encargado de la fiscalización de las personas fisicas o jurídicas que operen en cambios
y de la investigación de las infracciones previstas en ese texto legal, y considerando la
información brindada por la administradora de su ta¡jeta de crédito, en cuanto a la realización de
extracciones de efectivo mediante la utilización de cajeros automáticos ubicados en el exterior
del país, se le requiere la presentación de copia autenticada de la siguiente documentación:
1. Resúmenes de cuenta de su tarjeta de crédito VISA con la que se hayan efectuado las
extracciones de efectivo en el exterior, correspondiente a los períodos septiembre, octubre y
noviembre de 2012.
2. Copia de los comprobantes que acrediten la forma de cancelación de los consumos correspon
dientes a los períodos citados en el apartado anterior (débito en cuenta, efectivo, etc) y el tipo
de moneda en que se efectuaron los pagos.
J. Declaración jurada respecto de la ca,ntidad y destino de los fondos en moneda extranjera
extraídos con la referida trujeta de crédito de cajeros automáticos en el exterior, aportando
copia de los respectivos comprobantes respaldatorios.
4. Eventualmente, copia de los comprobantes demostrativos del reingreso en el mercado local de
cambios (boletos de compra de cambio), del excedente de los fondos extraídos, una vez
atendidos los gastos de turismo (lo expuesto, en tanto tal excedente no hubiese sido cancelado
en moneda extranjera al efectuarse los pagos mencionados en el punto 2).
Para el caso de no brindar respuesta a esta notificación dentro del plazo
establecido, se procederá a la suspensión para operar en cambios en los términos del art. 17 de la
Ley N< 19
.
359, sin perjuicio de las demás acciones que correspondan en función de lo dispuesto
por la Ley de Régimen Penal Cambiario.
La documentación solicitadas deberá ser remitidos a Banco Central de la
República Argentina (Gerencia de Control, Reconquista 266- Oficina 8
.
701), dentro de los diez
(1 O) dias hábiles de recibida la presente. Si se considerara necesario efectuar alguna consulta o
solicitar aclaraciones, podrán comunicarse con los inspectores xxxxxxxxx
Saludamos a Ud. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Tu conocido no tuvo algun problema con la afip?? es decir tengo conocimiento que aquellas personas que compraron dolares declarando que viajaban y despues no viajaron fueron suspendidos sus cuits. O mas bien tu conocido por casualidad inicio el tramite para que le devuelvan la percepcion del 15%??
No tendria que haber problemas alguno. Lo unico que falta que estos HDP se pongan a intimar a la gente, ahun asi con el 20% que estan currando de recargo.
Los adelantos de efectivo son totalmente legales, y estas pagando 20% de recargo al gobierno. Que mierda les importa para que realizamos adelantos en el exterior...... Es increible que habiendo tanto choreo en este pais, lavado de dinero, corrupcion total en los politicos, se ocupen de "pavadas" como estas. Porque las cifras que representa el adelanto de efectivo es una cifra irrelevante e intrascendente. No significa casi nada para la economia del pais.
Me parece que algunos se estan poniendo paranoicos y estan tratando de confundir y alarmar a la gente. Dejense de embromar. Lo digo por vos Tienzo por ejemplo.
Yo creo que la afip se pone a investigar operaciones grandes, a gente que saca o entra al pais 50, 100, 500 mil, millones de dolares. Eso es lavado de dinero.
Todos los argentinos que hacemos adelantos de efectivo en el exterior SACAMOS MONEDAS en comparacion con lo que roban los politicos, y la operaciones turbias de los grandes empresarios y famosos.
La cifra que representa los adelantos es MUY PEQUEÑA, no tiene ninguna importancia. No nos va venir la afip a la puerta de nuestra a casa a intimarnos porque nos trajimos 1000, 2mil, 3mil, 4mil, verdes de uruguay.... insisto: SON MONEDAS para el gobierno. Ademas por ley esta permitido salir y entrar al pais hasta 10 mil dolares sin declarar. No hay de que preocuparnos.
Ademas si a Masterboss (que mueve mucha guita de uruguay, ee.uu, a neteller con la tarjeta verde,etc) no recibio ninguna intimacion. A relajarse.
Bueno en un pais como argentina.. no joden al que roba 1,000,000 y meten preso al que roba 10 pesos, a veces se les da por castigar a los pobres giles.
Yo hace unos años vivo en españa asiq cdo estoy en argentina y hago cash out lo saco a mi cuenta de españa, cdo lo haces en argentina cto se pierde al sacar?? teniendo en cuenta q te lo tasan al dolar oficial y cdo depositas lo pagas al precio blue ?? mas comisiones de los monederos etc, etc..
original de tienzo
esta carta la recibio un conocido mio la semana pasada, a tener cuidado con extracciones en el exterior:"Nos dirigimos a Ud. en uso de las facultades conferidas por la Ley 19.359,
articulo 5° (T.O. si Dec. 480/95) del Régimen Penal Cambiarlo para comunicarle que, como
organismo encargado de la fiscalización de las personas fisicas o jurídicas que operen en cambios
y de la investigación de las infracciones previstas en ese texto legal, y considerando la
información brindada por la administradora de su ta¡jeta de crédito, en cuanto a la realización de
extracciones de efectivo mediante la utilización de cajeros automáticos ubicados en el exterior
del país, se le requiere la presentación de copia autenticada de la siguiente documentación:
1. Resúmenes de cuenta de su tarjeta de crédito VISA con la que se hayan efectuado las
extracciones de efectivo en el exterior, correspondiente a los períodos septiembre, octubre y
noviembre de 2012.
2. Copia de los comprobantes que acrediten la forma de cancelación de los consumos correspon
dientes a los períodos citados en el apartado anterior (débito en cuenta, efectivo, etc) y el tipo
de moneda en que se efectuaron los pagos.
J. Declaración jurada respecto de la ca,ntidad y destino de los fondos en moneda extranjera
extraídos con la referida trujeta de crédito de cajeros automáticos en el exterior, aportando
copia de los respectivos comprobantes respaldatorios.
4. Eventualmente, copia de los comprobantes demostrativos del reingreso en el mercado local de
cambios (boletos de compra de cambio), del excedente de los fondos extraídos, una vez
atendidos los gastos de turismo (lo expuesto, en tanto tal excedente no hubiese sido cancelado
en moneda extranjera al efectuarse los pagos mencionados en el punto 2).
Para el caso de no brindar respuesta a esta notificación dentro del plazo
establecido, se procederá a la suspensión para operar en cambios en los términos del art. 17 de la
Ley N< 19
.
359, sin perjuicio de las demás acciones que correspondan en función de lo dispuesto
por la Ley de Régimen Penal Cambiario.
La documentación solicitadas deberá ser remitidos a Banco Central de la
República Argentina (Gerencia de Control, Reconquista 266- Oficina 8
.
701), dentro de los diez
(1 O) dias hábiles de recibida la presente. Si se considerara necesario efectuar alguna consulta o
solicitar aclaraciones, podrán comunicarse con los inspectores xxxxxxxxx
Saludamos a Ud. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Cual es la situacion fiscal de tu amigo?.
No volvio a responder nada Tienzo, ni contesta las preguntas que le hicimos sobre esa supuesta nota que le mandaron a un conocido suyo... QUE CHAMULLO XD. Basta de tirar fruta.
Creo que este thread llego a su fin. Espero que les haya sido util a varias personas que no estaban enteradas de este tema. Y se agradece a todos los que comentaron y acotaron datos utiles. Pero esta clase de hilos ya estan haciendo mucho ruido en los medios y en el gobierno.
SOLICITO AL ADMINISTRADOR QUE SE CIERRE ESTE HILO.
Saludos.
original de Miguel27
No volvio a responder nada Tienzo, ni contesta las preguntas que le hicimos sobre esa supuesta nota que le mandaron a un conocido suyo... QUE CHAMULLO XD. Basta de tirar fruta.Creo que este thread llego a su fin. Espero que les haya sido util a varias personas que no estaban enteradas de este tema. Y se agradece a todos los que comentaron y acotaron datos utiles. Pero esta clase de hilos ya estan haciendo mucho ruido en los medios y en el gobierno.
SOLICITO AL ADMINISTRADOR QUE SE CIERRE ESTE HILO.
Saludos.
![]()
Al final no era chamuyo, deberías disculparte. Por eso yo prefiero mantenerme al margen y esperar.
Después que la carta sea simplemente para meter miedo o no es otra cosa, pero la carta existe.
Saludos.
original de Miguel27
No volvio a responder nada Tienzo, ni contesta las preguntas que le hicimos sobre esa supuesta nota que le mandaron a un conocido suyo... QUE CHAMULLO XD. Basta de tirar fruta.Creo que este thread llego a su fin. Espero que les haya sido util a varias personas que no estaban enteradas de este tema. Y se agradece a todos los que comentaron y acotaron datos utiles. Pero esta clase de hilos ya estan haciendo mucho ruido en los medios y en el gobierno.
SOLICITO AL ADMINISTRADOR QUE SE CIERRE ESTE HILO.
Saludos.
![]()
pero tenia razon el flaco jajaja !xD
Tenia razon Tienzo, pero se borro, no contesto a las preguntas que le hicimos nada.....
habria que ver a su conocido que intimaron, ¿ de que cifra eran los dolares que extraia del exterior?? probablemente una cifra grande.
Che se puede cerrar el post el autor del mismo o sea yo? o tengo que pedirlo al administrador?
original de Miguel27
Tenia razon Tienzo, pero se borro, no contesto a las preguntas que le hicimos nada.....habria que ver a su conocido que intimaron, ¿ de que cifra eran los dolares que extraia del exterior?? probablemente una cifra grande.
Che se puede cerrar el post el autor del mismo o sea yo? o tengo que pedirlo al administrador?
Eso y cual era su situacion fiscal, no es lo mismo que estuviese en rel de dependencia a que sea monotributista a que sea RI.
original de toto711
hay una tarjeta que no se porque pero no aplica el 20 a los depósitos hechos en un monedero virtual. creo que esta fuera de las directivas del bco central y es emitida en argentina.
Alguien sabe algo de esto? Que tarjeta y que monedero?